
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado un Decreto-ley por el que se regula la concesión de dos tipos de ayuda, una extraordinaria a explotaciones de cereza afectadas por adversidades climáticas producidas entre el 8 y 13 de mayo de 2026, y otra de emergencia a explotaciones apícolas y de cereal perjudicadas por el incremento de costes derivado de la crisis en Oriente Próximo, y para las que se dispone de un importe total de 19.587.335 euros.
Ante esta coyuntura del contexto global y fenómenos climáticos extremos, y teniendo en cuenta que el sector agrícola de la Comunidad Autónoma constituye un pilar fundamental de su economía, motor en núcleos rurales y factor esencial para fijar población, este apoyo financiero se ha considerado necesario para reflotar la viabilidad de las explotaciones afectadas.
En cuanto a las fincas de cerezos, se destina una ayuda total de 2.000.000 euros para las personas y entidades titulares de superficies de cultivo de las variedades recogidas en el anexo II del Decreto-ley y estén situadas en las zonas de Coria, Hervás, Jaraíz de la Vera, Logrosán, Navalmoral de la Mata, Plasencia y Trujillo.
La cuantía máxima será de 12.000 euros por persona o entidad beneficiaria, incluido, en su caso, el incremento por contratación del seguro agrario, y sin perjuicio de los límites aplicables al régimen de ayudas de mínimis.
El Decreto-ley también regula la asignación de una subvención por un importe total de 17.587.335 euros para los sectores cerealista y apícola dirigida a compensar las pérdidas económicas derivadas del incremento de los costes de los fertilizantes y/o precios de la energía, como consecuencia de las perturbaciones de los flujos comerciales por el cierre del estrecho de Ormuz.
Beneficiará a las personas y entidades titulares de plantaciones dedicadas a cereal o mezclas de cultivos recogidos en el anexo IV, que podrían contar con una ayuda de 30 euros por hectárea de secano y de 50 euros si es de regadío, hasta una superficie máxima de 300 ha.
De igual modo, las granjas apícolas activas, inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas, Identificación y Trazabilidad Animal (BADIGEX) y que dispongan de un mínimo de 150 colmenas computables, pueden percibir 18 euros por colmena por las primeras 350; 12 euros/colmena para las encuadradas entre la 351 y la 500, ambas inclusive; y 8 euros/colmena para las comprendidas entre la 501 y la 1.000, ambas también inclusive.
La cuantía a percibir comprenderá la suma de los importes correspondientes a cada tramo, con un máximo de 12.000 euros por persona o entidad beneficiaria. Las colmenas que excedan de 1.000 no generarán un importe adicional.
La concesión de las distintas ayudas es de oficio y no necesitará de presentación de solicitud por parte de las personas o entidades interesadas.
Por otro lado, este Decreto-ley incorpora una disposición transitoria única que recoge una modificación de carácter inaplazable relativa a la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, con el fin de adecuar los procesos electorales que determinan la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y la composición del Consejo Asesor Agrario en condiciones adecuadas de participación, neutralidad y normalidad electoral.
Asimismo, con esta actualización se pretende garantizar la continuidad del sistema de representación cuya relevancia trasciende actualmente el ámbito autonómico y se proyecta sobre la determinación de la representatividad agraria en el conjunto del Estado.
