Ayudas para el fomento del empleo en la Economía Social

economia social

Las ayudas para el Fomento del empleo en la Economía Social se encuadran en la Estrategia de Empleo de Extremadura 2016-2019.

 

Dichas ayudas constituyen el desarrollo de medidas recogidas en el Plan de Empleo de Extremadura 2016-2017: Eje 6 “Políticas de Empleo conectadas con la actividad económica y la competitividad empresarial. Determinación especial del fomento del empleo autónomo y la economía social, y el emprendimiento empresarial”, Medida 6.39 “Plan de Fomento de la Economía Social”, o las que las sustituyan en futuros Planes de Empleo.

Estas ayudas se encuadran en dos programas:

Programa I: Creación de empleo estable. Se subvencionará la creación de empleo estable tanto mediante la incorporación de personas desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a sociedades cooperativas y sociedades laborales, como la transformación de contratos temporales de personas de su plantilla en contratos indefinidos, al tiempo que adquieren estas personas la condición de socias trabajadoras. Las referencias a personas socias trabajadoras y socias de trabajo en este programa, se entenderán de duración indefinida.

Programa II: Apoyo técnico a Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales y sus Entidades Asociativas. Se subvencionará con esta medida la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desarrollo de funciones técnicas propias de la titulación académica que posean y, asimismo, la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desempeño de funciones de carácter gerencial o directivo, todo ello con el fin de mejorar la profesionalidad en la gestión de las Sociedades o Entidades.

REGULACIÓN

DECRETO 89/2016 de 28 de junio (DOE núm. 128, de 5 de julio) establece las bases reguladoras de ayudas al fomento del empleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

ORDEN de 24 de abril de 2017 de convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social. Con la publicación de la ORDEN de 24 de abril de 2017 finaliza la vigencia de la convocatoria de la ORDEN de 5 de julio de 2016.

BENEFICIARIAS

Podrán ser Beneficiarias las Sociedades Cooperativas, tanto ordinarias como especiales, calificadas como tales e inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, excepto las cooperativas de crédito y las de seguros.

Así mismo, las Sociedades Laborales calificadas como tales e inscritas en el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura y en el Registro Mercantil correspondiente.

También serán beneficiarias las sociedades cooperativas y sociedades laborales que deriven de una asociación sin ánimo de lucro.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y VIGENCIA DE LA CONVOCATORIA

La presentación de solicitudes será a partir de la fecha de alta o variación de datos, durante el mes en el que produce el alta o variación de datos en Seguridad Social de las personas socias o trabajadoras contratadas cuyos puestos se subvencionan, y los cinco meses naturales siguientes a aquel en que se produce tal alta o variación, siempre y cuando exista convocatoria abierta.

La vigencia de la convocatoria es desde el 9 de mayo de 2017 hasta el 31 de marzo de 2018.

sexpeCUANTÍAS
Programa I: Creación de empleo estable. Se subvencionará la creación de empleo estable tanto mediante la incorporación de personas desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a sociedades cooperativas y sociedades laborales, como la transformación de contratos temporales de personas de su plantilla en contratos indefinidos, al tiempo que adquieren estas personas la condición de socias trabajadoras. Las referencias a personas socias trabajadoras y socias de trabajo en este programa, se entenderán de duración indefinida.


junta de extremaduraGrupos CUANTÍAS
Mujer que haya sido víctima de violencia de género 12.500€
Mujeres 11.500 €
Hombres que hayan finalizado en los últimos 12 meses proyectos innovadores y de fomento del empleo en el ámbito local 11.000 €
Hombres que hayan finalizado en los últimos 12 meses su participación en programas subvencionados y financiados por el SEXPE 11.000 €
Jóvenes menores de 30 años 10.000 €
Varones de cincuenta y dos o más años 10.000 €
Varones con diversidad funcional 10.000 €
Varones retornados de la emigración a la Comunidad Autónoma en los últimos cuatro años 10.000 €
Varones incorporado a sociedad con domicilio social en municipio con menos de 5.000 habitantes 10.000 €
Parados de larga duración 10.000€
Varón incorporado a sociedad dedicada a actividades económicas consideradas de mayor interés 10.000€
Entidades Beneficiarias y las personas socias trabajadoras o de trabajo no contempladas en otros apartados 7.500€
Ayudas adicionales :
• Planes Empresariales de Igualdad de Género
• Cláusula de Responsabilidad Social
• Resultante de un proceso de integración 1.000€
Gastos de Constitución y gastos derivados de procesos de integración: hasta 1.000€.


 Programa II: Apoyo técnico a Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales y sus Entidades Asociativas. Se subvencionará con esta medida la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desempeño de funciones técnicas propias de la titulación académica que posean y, asimismo, la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desempeño de funciones de carácter gerencial o directivo, todo ello con el fin de mejorar la profesionalidad en la gestión de las Sociedades o Entidades.

Grupos CUANTÍAS
Persona contratada para funciones Gerenciales o Directivas, con titulación y con experiencia profesional 26.000€
Persona contratada para funciones Gerenciales o Directivas, con titulación o con experiencia profesional 19.000€
Persona contratada como Técnico de grado superior o de grado medio 13.000€
Ayuda Adicional :
• Cláusula de Responsabilidad Social
• Planes de Igualdad 1.000€
Ayuda Adicional : Resultantes de un proceso de integración cooperativa 6.000€

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