Las familias numerosas pueden solicitar hasta el 31 de diciembre la bonificación sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles.
De este modo, disfrutarán de una bonificación de la cuota íntegra del impuesto, en el bien inmueble que constituya la vivienda habitual del sujeto pasivo.
Para poder acceder a dicha bonificación, debe estar catalogado como familia numerosa en la categoría general y puede solicitarlo si el valor catastral del inmueble es inferior a 30.000 euros. En este caso, la bonificación será del 50 por ciento y si el valor catastral está comprendido entre 30.000 y 40.000 euros, la bonificación será del 30 por ciento.
Por otra parte, si está catalogado como familia numerosa de categoría especial, si el valor catastral del inmueble es inferior a 40.000 euros, la bonificación será del 50 por ciento, y si el valor catastral está comprendido entre 40.000 y 60.000 euros, la bonificación será del 30 por ciento.
La bonificación deberá ser solicitada por el sujeto pasivo.